Guía
ICIO y bonificaciones de las reformas en Gipuzkoa
El ICIO es el impuesto municipal que se paga por una obra, con base en su coste real sin IVA. En Gipuzkoa lo regula la Norma Foral 15/1989 y cada ayuntamiento fija su tipo: 5 % en la mayoría de los que hemos revisado, 4 % en Hondarribia, y bonificaciones de hasta el 95 % si la reforma mejora la etiqueta energética.
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Redacción de Reformas en Gipuzkoa · Publicado el 6 de noviembre de 2026
Esta guía explica el ICIO tal y como lo recogen las ordenanzas publicadas por los ayuntamientos de Gipuzkoa que hemos revisado, a fecha de consulta 6-11-2026. Somos intermediarios, no una asesoría fiscal: te ayudamos a entender el impuesto y a pedir presupuestos, pero la cuota y las bonificaciones las fija y las aplica tu ayuntamiento. Antes de contar con un porcentaje, confírmalo en su ordenanza o en su sede electrónica.
¿Qué es el ICIO y qué norma lo regula en Gipuzkoa?
El ICIO es el impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras. Lo cobra el ayuntamiento del municipio donde haces la reforma, y se paga por la obra en sí, no por el trámite. En Gipuzkoa la base común es la Norma Foral 15/1989, de 5 de julio, que citan las ordenanzas de Zarautz, Tolosa y Eibar; sobre ese marco, cada ayuntamiento decide su tipo de gravamen y sus bonificaciones. Por eso el mismo baño cuesta distinto de impuesto en un municipio que en el de al lado.
En la práctica lo afronta quien encarga la obra, normalmente el propietario o la comunidad, y no el profesional que la ejecuta; quién es exactamente el contribuyente lo dice la ordenanza de tu ayuntamiento. Al pedir presupuesto, pregunta si el profesional ha incluido el impuesto o no.
¿Sobre qué se calcula y cuándo se paga?
La base es el coste real de ejecución material de la obra, sin IVA ni tasas. La ordenanza de Tolosa deja fuera, además, el beneficio industrial, y la de Hondarribia los honorarios. La cuota es esa base multiplicada por el tipo de tu ayuntamiento.
Respecto al momento, las ordenanzas de Errenteria, Arrasate y Bergara gravan también las obras que van por comunicación previa o declaración responsable, y Tolosa lo recoge en sus artículos 8 y 20. Es decir, la reforma pequeña que no pide licencia sigue pagando el impuesto. En Zarautz se paga por autoliquidación. En Bergara hay un mínimo de 52,55 euros por obra.
Tabla: el ICIO en los ayuntamientos revisados
Tipos y bonificaciones que consta en cada ordenanza. Donde pone «consulta la ordenanza» es porque no hemos podido comprobar el dato.
| Ayuntamiento | Tipo general | Tipos reducidos | Bonificaciones útiles en una reforma |
|---|---|---|---|
| Donostia | Consulta la ordenanza (la ficha de obra menor exprés habla de «en general, el 5 %» entre ICIO y tasa) | Consulta la ordenanza | 90 % accesibilidad; 95 % renovables; rehabilitación energética: 95 % con clase A y 80 % con clase B |
| Irun | 5 % | 2 % en ámbitos de promoción y viviendas Bizigune; 0,25 % en Casco Antiguo, accesibilidad, refuerzo estructural según la ITE, limpieza o reparación de fachadas y tejados | 95 % etiqueta A y 85 % etiqueta B (edificación existente); 95 % renovables; 95 % rehabilitación integral con eficiencia y accesibilidad |
| Eibar | 5 % | Sin tipos reducidos que consten | 60 % rehabilitación de edificios de vivienda acogibles al Decreto 317/2002; 90 % accesibilidad de personas con discapacidad; 95 % colectores solares |
| Errenteria | 5 % único | Sin tipos reducidos | 95 % obras de la ITE en elementos comunes y renovables; 60 % fachadas y cubiertas integrales con aislamiento; 90 % accesibilidad; etiqueta A 95 % y B 80 % |
| Hernani | Por tipo de obra: 0 % si es menos de 12.000 €, 4 % obra menor, 5 % obra mayor | 0,25 % en cubiertas, terrazas, fachadas y ascensores de edificios de más de 10 años | Etiqueta A 85 % y B 70 %; renovables 50 %; hasta el 95 % en rehabilitación integral |
| Zarautz | 5 % | Sin tipos reducidos que consten | Edificios catalogados: 95 % protección especial, 40 % media, 20 % básica; 80 % barreras arquitectónicas; 95 % renovables |
| Tolosa | 5 % (texto 2024) | Sin tipos reducidos que consten | 60 % en bienes catalogados y 60 % en accesibilidad; 95 % solar y renovables |
| Arrasate | 5 % | Sin tipos reducidos que consten | 95 % envolvente completa con etiqueta A o B; 75 % si es solo fachada y tejado; 50 % renovables en vivienda no nueva |
| Bergara | 5 %, mínimo 52,55 € | Sin tipos reducidos que consten | 95 % fachadas para eficiencia energética; 80 % pintado de fachada; 90 % ascensor nuevo; 50 % obras tras la ITE; 95 % renovables |
| Beasain | 5 % en viviendas, según un documento de 2013; vigencia no verificada | 2 % en rehabilitación en edificios de más de 55 años (mismo documento) | Consulta la ordenanza vigente |
| Hondarribia (Bidasoa Beherea) | 4 % | 2 % en fachadas, cubiertas, obras de la ITE, ascensores y barreras; 1 % en el Casco Antiguo | 95 % renovables, etiqueta A o B e integral con energía y accesibilidad |
Aclaraciones que cambian el resultado:
- Donostia: sus bonificaciones constan en la ordenanza aprobada por el Pleno el 26-09-2024 y publicada en el BOG nº 238 de 11-12-2024. Su tipo general no lo hemos podido comprobar, así que no escribimos ninguno.
- Beasain: el único texto que hemos localizado en la web municipal está fechado en octubre de 2013. Puede haberse actualizado desde entonces.
- Irun: la ficha municipal no dice el año al que corresponde.
- Errenteria y Hernani: sus cifras vienen de las ordenanzas con vigencia 1-1-2026. Hernani tiene incoherencias entre artículo y anexo en algunas bonificaciones; por eso hablamos de «hasta».
- Tolosa: la versión leída es la de 2024; la ordenanza se aprobó en 2019 y está en vigor desde 2020.
- Arrasate: el 5 % está leído en la ordenanza de 2026; las bonificaciones son las que recoge nuestra página del municipio, así que confirma que siguen igual.
- Bergara incluye además bonificaciones de casco y de la zona PERCH, que explica su página.
Cómo se pide una bonificación y en qué plazo
Las bonificaciones del ICIO suelen ser rogadas: hay que pedirlas, no se aplican automáticamente. Lo que consta en las ordenanzas:
- Errenteria: se piden en los dos meses siguientes a la licencia, la declaración responsable o la comunicación previa. Si concurren varias, solo se aplica la mayor.
- Hondarribia: hay un impreso municipal de bonificación del ICIO. La del 95 % solo cubre la inversión que no sea obligatoria por ley, no se suma a las demás y hay que devolverla si la obra no se hace.
- Irun, Arrasate y Zarautz: la bonificación se aplica en la liquidación definitiva, es decir, al terminar la obra. Arrasate exige además presentar el certificado de la etiqueta energética.
- Tolosa y Zarautz exigen una declaración del Pleno para las bonificaciones de edificios catalogados.
- Bergara: la ordenanza no explica cómo se solicita cada una; pregunta antes de empezar.
En los demás casos no tenemos plazo con fuente, así que no lo escribimos. La regla práctica es la misma: pregunta antes de abrir la primera pared.
Un ejemplo de cálculo, solo ilustrativo
Imagina una obra con un coste de ejecución de 20.000 euros sin IVA, con cifras redondas escogidas para ver cómo funciona; no es una previsión de tu caso.
| Situación | Cálculo | Cuota |
|---|---|---|
| Tipo del 5 % | 20.000 x 5 % | 1.000 € |
| Tipo del 4 % (como Hondarribia) | 20.000 x 4 % | 800 € |
| Tipo del 5 % con bonificación del 60 % | 1.000 - 600 | 400 € |
| Tipo del 5 % con bonificación del 95 % | 1.000 - 950 | 50 € |
La bonificación se calcula sobre la cuota, no sobre el presupuesto, y solo si cumples las condiciones de tu ordenanza. En el último caso, la diferencia con el primero es de 950 euros: lo que justifica averiguar si tu obra encaja antes de empezar.
ICIO, tasa y licencia: tres cosas distintas
La licencia es el permiso; la tasa es lo que cobra el ayuntamiento por tramitarla; el ICIO es el impuesto por hacer la obra. Un ejemplo de que no van juntos: en Irun, las obras de hasta 10.000 euros están exentas de la tasa, y en Errenteria las de hasta 6.000 euros, pero el ICIO se calcula aparte. En Zarautz la tasa de 2025 es de 23,75 euros por un enterado de obras, y el ICIO del 5 % se autoliquida. Para saber qué obras van por licencia y cuáles por comunicación previa, mira la guía de licencia o comunicación previa.
Las obras que más bonificación tienen
Mirando la tabla, las rebajas se concentran en cuatro tipos de obra:
- Mejorar la etiqueta energética del edificio: Donostia, Irun, Errenteria, Hernani y Arrasate la bonifican, con porcentajes que van del 70 % al 95 % según la etiqueta y el municipio. Es lo más parecido a un dato propio de Gipuzkoa. Complementa la deducción fiscal del IRPF que explica la guía de IRPF e IVA.
- Obras exigidas por la ITE (inspección técnica del edificio): Irun, Errenteria, Bergara y Hondarribia las tratan con tipo reducido o bonificación. Está explicado en la guía de la ITE y las fachadas.
- Fachadas, cubiertas y ascensores: Hernani, Irun, Bergara y Hondarribia tienen tipos o bonificaciones propios.
- Accesibilidad y energías renovables: aparecen casi en todas las ordenanzas, con el 90 % o el 95 % como cifra habitual.
Si tu proyecto es una reforma interior sin mejora energética, probablemente pagarás el tipo general. Si es de comunidad y toca fachada, cubierta o ascensor, merece la pena consultar el ICIO antes de pedir presupuestos. En la guía de ayudas a la rehabilitación están las subvenciones, que son otra cosa.
Cómo usar esta guía al pedir presupuestos
Indica el municipio y el tipo de obra al pedir presupuesto: así sabrás si hay un tipo reducido. Pide al profesional que desglose el coste de ejecución, porque es la base del impuesto. Y guarda el certificado energético y las facturas: Arrasate, por ejemplo, exige presentar el certificado de la etiqueta.
Redacción de Reformas en Gipuzkoa. Información de carácter general basada en las ordenanzas citadas, consultadas el 6-11-2026; no constituye asesoramiento fiscal.
Preguntas frecuentes
¿Quién paga el ICIO, el propietario o el contratista?
¿Se paga ICIO si la obra se comunica y no lleva licencia?
¿El ICIO es lo mismo que la tasa de la licencia?
¿Cómo se pide una bonificación del ICIO?
¿Puedo acumular varias bonificaciones?
¿Qué base se usa para calcular el ICIO?
Fuentes
- Ayuntamiento de Irun: ICIO, exenciones y bonificaciones (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Donostia: ordenanza fiscal del ICIO (Pleno 26-09-2024, BOG nº 238 de 11-12-2024) (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Eibar: ordenanza fiscal del ICIO (Pleno 27-09-2024, BOG nº 229 de 27-11-2024) (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Errenteria: ordenanzas fiscales 2026 (ICIO) (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Hernani: ordenanza fiscal del ICIO, con anexo en vigor desde el 1-1-2026 (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Zarautz: ordenanzas fiscales 2025 (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Tolosa: ordenanzas fiscales 2024 (texto leído) (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Arrasate: ordenanzas fiscales 2026 (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Bergara: ordenanza fiscal del ICIO (en vigor el 1-1-2026) (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Beasain: documento del ICIO (fechado en octubre de 2013) (consultado el 6 de noviembre de 2026)
- Ayuntamiento de Hondarribia: ordenanza fiscal del ICIO (archivo fechado 2025-01-01) (consultado el 6 de noviembre de 2026)